09/04/26

Santa Fe ya tiene nueva Ley de Municipios

 

 

 

La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó este jueves la nueva ley orgánica de Municipios, con una serie de modificaciones respecto del texto que ya había sido votado por unanimidad en el Senado. El texto fue aprobado en la Cámara baja por 30 votos a favor del oficialismo y con 17 votos la oposición votó de manera unánime en contra, ninguna de las modificaciones propuestas por los bloques opositores fue incorporada al texto final, lo que profundizó las críticas por la falta de consenso en una norma considerada estructural.

Tras su aprobación en Diputados, el proyecto volvió al Senado —debido a las modificaciones introducidas— donde fue sancionado definitivamente en la misma jornada.

Qué cambia con la nueva ley
Se redefine el funcionamiento de los municipios santafesinos en varios aspectos clave:
De acuerdo al texto aprobado en el Senado, el esquema quedaría definido de la siguiente manera:

Hasta 3.000 habitantes: intendente y comisión municipal de 3 miembros
Entre 3.000 y 10.000 habitantes: intendente y comisión de 5 miembros
Entre 10.000 y 20.000 habitantes: intendente y concejo de 5 integrantes
Entre 20.000 y 50.000 habitantes: concejo de 7 miembros
Entre 50.000 y 80.000 habitantes: concejo de 9 miembros
Entre 80.000 y 150.000 habitantes: concejo de 11 miembros
Más de 150.000 habitantes: se suman 2 concejales cada 100.000 habitantes

Autonomía municipal
Se reconoce a los municipios como entidades autónomas en lo institucional, político, administrativo y financiero, en línea con la nueva Constitución.

Nuevas competencias
Los gobiernos locales amplían sus funciones en áreas como:
  • Servicios públicos
  • Ordenamiento territorial
  • Ambiente
  • Desarrollo productivo
  • Seguridad preventiva
  • Educación inicial y salud primaria
Organización institucional
Se establece una estructura diferenciada según la población:

Municipios pequeños: comisiones municipales
Ciudades: concejos municipales
Además, se fijan mandatos de cuatro años con una sola reelección consecutiva.

Facultades de los concejos
Se amplían las atribuciones legislativas y de control:

  • Aprobación de presupuestos
  • Regulación de servicios
  • Autorización de endeudamiento
  • Interpelación de funcionarios
Nuevas herramientas
Se incorporan mecanismos innovadores como:
  • Mesas de transición obligatorias entre gestiones
  • Prohibición de promulgación parcial de ordenanzas
  • Ampliación de facultades de expropiación
  • Posibilidad de crear entes y empresas municipales
Participación y control
Se promueven herramientas de participación ciudadana, como audiencias públicas, y se fortalecen los mecanismos de control institucional.

 

 

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