04/02/26

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad

 

 

 

Luego de un fallo judicial que ordenó su puesta en marcha, el Gobierno nacional reglamentó este martes la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, aprobada por el Congreso en julio de 2025. La medida se formalizó mediante un decreto que también fija los procedimientos para la creación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad.

La decisión fue instrumentada a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei. La norma responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que dispuso la aplicación inmediata de la Ley 27.793 tras declarar inválido un decreto previo que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento. El plazo fijado por la Justicia vencía este miércoles 4 de febrero, por lo que la reglamentación se concretó en la antesala de la fecha límite.

El texto reglamentario establece los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones para su permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes.

En los considerandos, el decreto señala que el diseño del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral dirigidas a personas con discapacidad.

Además, la normativa incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, concentrando en esa cartera la conducción de la política pública en la materia. También instruye a la secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y a presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. Asimismo, la habilita a dictar normas aclaratorias y complementarias para la implementación del régimen.

El decreto dispone, a su vez, la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que obliga a la autoridad de aplicación a identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se instrumentarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.

 

 

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