13/10/26

Zonas Frías: nueva ley, cómo afecta el cambio a Santa Fe

 

 

 

El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.828, que modifica el régimen de Zonas Frías y redefine las condiciones para acceder a los descuentos en las facturas de gas. La norma fue publicada en el Boletín Oficial y establece cambios para millones de usuarios que hasta ahora recibían una bonificación por residir en localidades incorporadas al programa en 2021.

Alrededor de 3,35 millones de usuarios de todo el país perderían el descuento automático. La modificación alcanza a localidades de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, San Luis y Mendoza, entre otras jurisdicciones.

En Santa Fe, el cambio afecta a zonas del sur provincial, con ciudades como Rosario, Venado Tuerto, Casilda, Arroyo Seco. Los usuarios de estas localidades ya no tendrán garantizada la bonificación únicamente por su lugar de residencia, aunque podrán solicitar el beneficio adicional si reúnen las condiciones previstas por la nueva legislación.

Quiénes podrán mantener el subsidio
La ley conserva el régimen histórico para la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna. En esas zonas continuará el esquema específico de beneficios.

Para los usuarios de las áreas incorporadas en 2021, la bonificación adicional estará sujeta a tres condiciones generales: residir en una de las subzonas bioambientales contempladas por la ley, estar inscripto en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados y cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

- Ingresos familiares: que los ingresos netos totales del hogar no superen el equivalente a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según el INDEC.
- Certificado de Vivienda Familiar: que al menos un integrante del hogar cuente con este documento emitido en el marco del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
- Veteranos de Malvinas: que algún integrante perciba una pensión vitalicia como veterano de la Guerra del Atlántico Sur.
- Discapacidad: que algún integrante tenga un Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la autoridad de aplicación deberá evaluar la necesidad de asistencia económica para afrontar el servicio.

Los hogares que actualmente reciben algún tipo de asistencia energética deberán verificar su situación frente al nuevo Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados y comprobar si cumplen las condiciones exigidas. Contar con un beneficio anterior no garantiza automáticamente la continuidad del descuento por Zona Fría.

La Secretaría de Energía deberá definir los mecanismos de inscripción y la documentación necesaria para acreditar los requisitos.

Qué cambia en las facturas

La reforma también modifica la base de cálculo del descuento. La bonificación se aplicará sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), en lugar de alcanzar el total de la factura.

De esta manera, los cargos de transporte, distribución e impuestos quedarán fuera de la bonificación. El cambio podría incrementar el monto final de las facturas incluso para quienes continúen dentro del régimen histórico.

La ley no establece todavía cuánto pagará cada usuario ni cuántos hogares de las zonas afectadas podrán conservar la bonificación adicional. El impacto dependerá de las condiciones de acceso y de la implementación del nuevo esquema.

Todavía resta definir mediante la reglamentación los procedimientos de inscripción y acreditación. Por ese motivo, la aplicación práctica de los nuevos criterios dependerá de las disposiciones que establezca la autoridad competente.

 

 

Desarrollado por Rodrigo Guidetti