12/04/26
Nueva ley de municipios: paso histórico para modernizar los gobiernos locales
La Cámara de Diputados provincial aprobó la nueva Ley Orgánica de Municipios luego de introducir una serie de modificaciones al proyecto que contaba con media sanción del Senado. La norma fue remitida a la Cámara alta y sancionada por ese cuerpo en la misma jornada del jueves 9 de abril.
El texto reemplaza a dos leyes vigentes desde 1935 y 1939. Uno de los cambios más visibles es la reducción de concejales: de 448 a 360, pero también modifica el calendario electoral: el 93 por ciento de las localidades tendrá elecciones cada cuatro años. Las 25 más grandes mantendrán la renovación por mitades cada dos años.
Las ciudades con más de 10.000 habitantes podrán dictar sus propias cartas orgánicas y el resto se regirá por el nuevo texto. Desaparece la figura de las comunas. A partir de 2027, todas las localidades serán municipios. Para las localidades de hasta 3.000 habitantes, la ley prevé Comisiones Municipales: tres miembros (ad honorem) y cinco miembros para las de 3.000 a 10.000 habitantes.
El diputado provincial Joaquín Blanco puso de relieve que se trata de “la primera de las grandes leyes que se desprenden de la nueva Constitución, que inaugura una etapa de mayor protagonismo para los municipios...Costó mucho porque suponía reformar leyes con 90 años de antigüedad, pero hoy podemos asegurar que es la mejor ley orgánica de municipios del país y por eso estamos ante un hecho histórico”, sostuvo.
De los 60 artículos que tenía el mensaje original del Ejecutivo se pasó a los 116 que tiene la norma hoy aprobada. “Es una ley que regula el funcionamiento de los municipios en su conjunto, la vida en comunidad, las competencias de un intendente y de un concejo municipal. También la composición de los concejos municipales, fijando un número impar de miembros y un criterio por cantidad de habitantes que asegure la representatividad de cada población, para una democracia más vibrante, con más participación, en definitiva, para dar más y mejores respuestas a los vecinos que demandan mejores condiciones de vida, pero también más transparencia y más participación”.
Así como la reforma constitucional de 2025 dio inicio a un proceso de modernización del Estado provincial, de mayor transparencia institucional y participación ciudadana, esos mismos principios impactarán a nivel local. Todos los mandatos tendrán una duración de 4 años, con una sola reelección.
La ley aprobada también contempla herramientas para convocar a la población, como la audiencia pública, el referéndum y la consulta popular; la implementación del presupuesto participativo; y la posibilidad de que los vecinos recurran a la iniciativa popular para presentar proyectos de ordenanza.
Blanco también destacó la inclusión de la revocación del mandato, “para que la ciudadanía no tenga que esperar a una nueva elección para remover a un intendente que ha cometido hechos graves de corrupción”.
Otro aspecto central de la norma aprobada pasa por la asociación de municipios ya sea a través de la figura del área metropolitana que, por lo general, involucra a los grandes núcleos urbanos; pero también está contemplada para la constitución de órganos de control o tribunales municipales de faltas compartidos entre ciudades.